Doutrina

Hacia una Definición Mexicana de “Orden Público”
Descrição

RESUMEN: El “orden público” es una causal de nulidad y no ejecución de laudos interesante en que se nutre de las sensibilidades de cada jurisdicción. Ex hypothesy, cualquier cuestionamiento sobre si una situación actualiza la causal comienza y termina con un análisis de la jurisdicción relevante. Ese es el objeto de esta nota, desde la perspectiva mexicana. Para ello, el autor explica la noción y su frecuente confusión, para luego describir los casos mexicanos que la han puesto en juego. Al hacerlo, comenta el sentido de la jurisprudencia haciendo observaciones sobre cuestiones que pueden ser el germen de un sentido incorrecto. El motivo: si bien la definición actual es correcta, existe dicta en los casos que la han ventilado que podría ser malentendida. Ante ello, el objetivo último de la nota es no sólo describir sino influir en el desarrollo correcto de la jurisprudencia mexicana.
Sumário

SUMARIO: I – Introducción; II – Función y confusión; III – Caso mexicano; A) Antecedentes; B) Casos recientes; C) Comentarios sobre los casos recientes; 1 Dilucida la función del orden público; 2 Toma un umbral alto; 3 Distingue al orden público del derecho público; 4 Parece distinguir al orden público de las normas imperativas; 5 Es ambivalente; IV – Comentario final.
  • Hacia una Definición Mexicana de “Orden Público”
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RANZOLIN, Ricardo (org.). Arbipedia. Comentários à Lei Brasileira de Arbitragem. Arbipedia, Porto Alegre, 2025.
Acesso em: 15-07-2025. Disponível em: https://arbipedia.com/conteudo-exclusivo/5317-hacia-una-definicion-mexicana-de-orden-publico.html

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